Comenzó la veda electoral: ¿cuáles son las prohibiciones que rigen, de cara a las PASO?

Comenzó a las 8 la restricción de difundir material proselitista en los medios de comunicación

A partir de las 8, comenzó a regir la veda electoral. La restricción, fijada por la ley electoral, prohíbe cualquier tipo de actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de medios de comunicación. Es necesario resaltar que rige en todo el territorio argentino, de cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, que se llevarán adelante este domingo.

Hay que tener en cuenta que los precandidatos y partidos políticos podrán utilizar las redes sociales para continuar con sus respectivas campañas, ya que no están contempladas por la legislación. Las plataformas digitales, desde el comienzo de la campaña fueron el espacio predilecto para los diferentes frentes, es por ello que la veda electoral, en sí, no afecta la posibilidad de captar votos en vísperas de las elecciones.

El 70% de los argentinos se informa directamente por internet, haciendo que la legislación de la veda electoral pierda mucho peso. Incluso, en esta campaña, se ha usado masivamente WhatsApp para enviar mensajes con contenido político. Este servicio de mensajería instantánea se considera una red social en sí, ya que los miles de usuarios comparten diariamente contenido con estas características.

Específicamente, el Código Nacional Electoral veta “la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo”. A esta disposición se le agrega la prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre, es decir, hasta las 21 del domingo.

Por otro lado, también está vedada la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos durante el domingo. Tampoco se expenderán bebidas alcohólicas a partir de las 0 horas y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios. “Se impondrá prisión de quince días a seis meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde las doce horas antes y hasta las tres horas después de finalizado el acto eleccionario”, reza la norma.

Y, para hilar más fino, no está permitido que a ochenta metros de una mesa receptora de votos se realicen reuniones electorales en los domicilios, la utilización de viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores. Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

Esta disposición, con la irrupción de las redes sociales, está perdiendo mucha fuerza. La mayoría de los votantes y precandidatos, durante todo el transcurso de la campaña se mostraron muy activos en todas las plataformas digitales, demostrando que la dinámica de las elecciones se trasladó a la web, dejando de lado los medios de comunicación tradicionales. Cada frente hará su mejor estrategia, ya que el poder de difusión de las redes mucho más rápido y efectivo.

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